DIFAMACION AGRAVADA
Uno de estos domingos, en el que se trasmite el programa "El Franco Tirador" que conduce Jaime Bayly , se hizo un comentario respecto al commportamiento del ex Presidente de la República Alejandro Toledo Manrique; si bien es cierto, criticó la actitud y comportamiento frente a una dama, de las llamadas "de compañía", y narró todo lo ya conocido de lo sucedido a través de la prensa y programas televisivos; también es verdad, que la forma en que lo hizo, aplicando adjetivos calificativos ofensivos y denigrantes sobre la personalidad de un ex mandatario, lo implicaría en la comisión del delito de difamación agravada; de lo cual que puede valerse el ex Presidente Alejandro Toledo Manrique para hacer valer sus derechos ante el Poder Judicial.
Vale decir, que si se da a conocer estos hechos, bajo los términos extrictamente normales; es decir, limitándose a la denuncia, como de la declaración de la agraviada y de los sucesos en sí; no daría lugar a la aplicación de esta figura penal, por que existen los elementos de juicio y versiones del caso; pero si a ello y al momento de comentarlo, le agregamos adjetivos calificativos ofensivos a la persona, como lo que ocurrió en dicho programa, estaríamos comprometidos dentro de los alcances de esta figura delictiva ,de difamación agravada.
Una cosa es que el programa "El Francotirador" tenga una línea casi cómica para agradar al público, y con este tipo de comentarios arrancarles una sonrisa; pero otra es, cuando estas gracias se hacen valiéndose de la difamación agravada, empleando para ello adjetivos insultantes y ofensivos hacia la persona humana.
No con esto, se trata de limpiar la imagen de una actitud irresponsable del ex Presidente de la República Alejandro Toledo Manrique; sino, de corregir la forma ética como un periodista colegiado debe de tratar las informaciones. Precisamente estas cosas ocurren cuando periodistas empíricos que podrían ser los tinterillos de la pluma o no colegiados, gracias a Ley 26937 promulgada por el gobierno de Alberto Fugimori Fugimori, hacen uso de esta profesión con el apoyo de los propietarios de los medios de comunicación social quiénes los contratan por captar mayor sintonía y con ello obtener ganancias con los anunciadores.
Precisamente, el Colegio de Periodistas del Perú se haya abocado a las acciones necesarias para llegar a lograr la derogación de esta disposición en salvaguarda de los derechos de los periodistas profesionales, debido a que cualesquier perosna puede ejercer el periodismo sin serlo, restándole campo de acción a los profesionales de la pluma.
Vale decir, que si se da a conocer estos hechos, bajo los términos extrictamente normales; es decir, limitándose a la denuncia, como de la declaración de la agraviada y de los sucesos en sí; no daría lugar a la aplicación de esta figura penal, por que existen los elementos de juicio y versiones del caso; pero si a ello y al momento de comentarlo, le agregamos adjetivos calificativos ofensivos a la persona, como lo que ocurrió en dicho programa, estaríamos comprometidos dentro de los alcances de esta figura delictiva ,de difamación agravada.
Una cosa es que el programa "El Francotirador" tenga una línea casi cómica para agradar al público, y con este tipo de comentarios arrancarles una sonrisa; pero otra es, cuando estas gracias se hacen valiéndose de la difamación agravada, empleando para ello adjetivos insultantes y ofensivos hacia la persona humana.
No con esto, se trata de limpiar la imagen de una actitud irresponsable del ex Presidente de la República Alejandro Toledo Manrique; sino, de corregir la forma ética como un periodista colegiado debe de tratar las informaciones. Precisamente estas cosas ocurren cuando periodistas empíricos que podrían ser los tinterillos de la pluma o no colegiados, gracias a Ley 26937 promulgada por el gobierno de Alberto Fugimori Fugimori, hacen uso de esta profesión con el apoyo de los propietarios de los medios de comunicación social quiénes los contratan por captar mayor sintonía y con ello obtener ganancias con los anunciadores.
Precisamente, el Colegio de Periodistas del Perú se haya abocado a las acciones necesarias para llegar a lograr la derogación de esta disposición en salvaguarda de los derechos de los periodistas profesionales, debido a que cualesquier perosna puede ejercer el periodismo sin serlo, restándole campo de acción a los profesionales de la pluma.
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